Solicitud de certificado electrónico de persona jurídica

Para solicitar el certificado electrónico de persona jurídica de las entidades supervisadas por la CNMV , la persona física que actúe como solicitante, que será el representante de la empresa, deberá presentarse en las oficinas de la CNMV con los siguientes documentos:

  1. En el caso de sociedades mercantiles y demás personas jurídicas cuya inscripción sea obligatoria en el registro mercantil, certificado del Registro mercantil relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de la misma.
  2. Si el solicitante es administrador o representante legal de la persona jurídica, certificado del registro mercantil correspondiente, relativo a su nombramiento y vigencia del cargo. Dicho certificado deberá haber sido expedido durante los 10 días anteriores a la fecha de la solicitud del certificado de persona jurídica. En el supuesto de representación voluntaria, poder notarial que contenga una cláusula especial para solicitar el certificado de persona jurídica y su utilización para obligar a la persona jurídica en los procedimientos que se indique y en que sea posible su utilización.
  3. Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

En esta oficina se bastantearán los poderes y se comprobarán los certificados, posteriormente el solicitante deberá firmar la documentación de expedición del certificado electrónico y se le entregará la tarjeta-chip con el certificado.

Si el solicitante quiere evitar la espera del bastanteo de poderes o bien no desea personarse fisicamente en la oficinas de la CNMV, puede firmar una solicitud legitimada ante notario (S1) y enviarla junto con los poderes y/o certificados a la oficina de la CNMV por correo certificado. También por correo certificado se le remitira la tarjeta-chip.

El solicitante también puede firmar la solicitud sin legitimar ante notario (S2) y enviarla junto con el resto de la documentación a la oficina de la CNMV por correo certificado. Posteriormente, previo aviso de la CNMV, deberá presentarse en la CNMV para la firma del documento de expedición del certificado electrónico y recoger la tarjeta-chip.

Importante: Si la persona física representante de la persona jurídica ya dispone de un certificado electrónico de persona jurídica emitido por la FNMT a efectos tributarios, en este caso la persona física no tiene que personarse en la CNMV y para poder utilizar ese certificado en los trámites ante la CNMV, unicamente debe enviar una solicitud de utilización de certificado de persona jurídica en el servicio CIFRADOC/CNMV (S3) adjuntando los poderes para los trámites correspondientes, según lo indicado en el apartado b).

Oficinas de la CNMV: